Declaración pública: Los establecimientos de salud no son lugares de persecución

May 20, 2026 | Destacamos, Noticias

Ante las recientes indicaciones legislativas vinculadas a personas migrantes y establecimientos de salud, la Confederación Fenpruss manifiesta su preocupación frente a cualquier medida que pueda transformar los espacios de atención sanitaria en mecanismos de control, vigilancia o persecución sobre las personas usuarias.

Como organización de trabajadoras y trabajadores de la salud pública, advertimos que este tipo de iniciativas puede generar graves consecuencias sanitarias, éticas y sociales, debilitando la confianza entre las comunidades y los equipos de salud, aumentando barreras de acceso y profundizando situaciones de exclusión que afectan especialmente a grupos históricamente vulnerados.

Asimismo, consideramos que medidas de esta naturaleza pueden constituir una vulneración de derechos fundamentales, al poner en riesgo garantías esenciales como el derecho a la salud, la confidencialidad de la atención, la protección de datos sensibles, la igualdad ante la ley y la no discriminación.

El acceso a la atención sanitaria no puede condicionarse por la situación migratoria de las personas ni generar temor respecto del uso de la información entregada en contextos de atención clínica.

Fenpruss reafirma que:

  • La salud pública debe garantizar atención digna, segura y libre de discriminación para todas las personas.
  • Los establecimientos de salud no pueden perder su rol sanitario, preventivo y humanitario, ni transformarse en espacios de fiscalización migratoria.
  • La atención en salud se encuentra resguardada por principios fundamentales como la confidencialidad, el trato digno, la protección de datos sensibles y la no discriminación, elementos esenciales para asegurar el acceso oportuno y la continuidad de cuidados.
  • Cualquier medida que ponga en riesgo estos principios afecta no solo derechos fundamentales, sino también el funcionamiento de la salud pública y las estrategias de prevención, control y seguimiento sanitario.
  • La protección de la salud constituye un deber del Estado y una garantía básica reconocida en diversos marcos normativos nacionales e internacionales de derechos humanos, especialmente respecto de poblaciones en situación de mayor vulnerabilidad.

Como Fenpruss reiteramos nuestro compromiso con una salud pública basada en los Derechos Humanos, la igualdad de oportunidades, la interculturalidad y la dignidad de las personas. Señalamos que estaremos atentos y alertas frente a cualquier retroceso en materia de derechos, acceso a salud y resguardo de las comunidades.

La defensa de la salud pública también implica defender principios éticos, derechos fundamentales y condiciones de atención seguras para toda la población.

CONFEDERACIÓN FENPRUSS

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