En el 2018 un dictamen de la Contraloría General de la República modificó la jurisprudencia en materia de fuero maternal, haciéndolo extensivo a las funcionarias que se desempeñan bajo un contrato de reemplazo o una suplencia. Se reconoció así la norma de protección a la maternidad inserta dentro de las garantías y principios protectores reconocidos universalmente en el Código del Trabajo, para todas las trabajadoras del país. Esta norma es de aplicación general, por lo que beneficia a las servidoras de la Administración del Estado, cualquiera que sea el régimen estatutario al que se encuentren afectas y con independencia de la calidad jurídica en que desempeñen sus labores.
En esta misma línea, el pasado 30 de mayo Contraloría reconoció los derechos de protección a la maternidad también para las funcionarias a honorarios, revirtiendo la jurisprudencia anterior. Esta definición viene a hacer justicia de un derecho innegable para las trabajadoras, reconociendo que estos contratos precarios, que nacieron para cubrir funciones específicas y por tanto “transitorias”, y que de momento han sido mal utilizados en labores permanentes, aun así conllevan los mismos derechos para las funcionarias.
Podemos observar como año tras año instituciones del Estado se las arreglan para buscar nuevas formas de contratación precarias como son los honorarios, las compras de servicios y contratos consensuales, entre otros; que limitan los derechos de trabajadoras y trabajadores. Al mismo tiempo, tanto organismos del Poder Judicial como la Contraloría, siguen generando jurisprudencia en la línea de igualar derechos con los empleos de contrato formal. En nuestra visión garantista, la solución no es entregar más derechos a la forma de contrato precario, sino que terminar con este tipo de formas de empleo.
Según datos del primer trimestre de 2019, el personal a honorarios del sector público creció 8,6% en comparación con igual período del año pasado, siendo el sector Salud el que registró el mayor aumento de esta modalidad contractual. El empleo por boleta en Salud representa en torno al 50% de los puestos de trabajo a honorarios del sector público (17.215 a marzo del 2019, de un total de 31.360). Esta situación nos preocupa, considerando que en negociación con la Mesa del Sector Público del año 2014, se logró el traspaso de 6000 honorarios a la contrata, buscando avanzar hacia la eliminación de esta modalidad; lo que no ha sucedido.
Nos parece alarmante que el mismo sector que en años anteriores logró disminuir esta brecha de recursos humanos a través de los traspasos, vuelva a aumentar la dotación de honorarios, comprometiendo la estabilidad laboral de funcionarias y funcionarios. Esto sin olvidar que los datos no reflejan la brecha real que está oculta mediante la contratación vía compras de servicios.
Por todo lo anterior es que felicitamos el reconocimiento de derechos laborales que realiza la Contraloría General de la República, pero como Confederación Fenpruss no podemos estar satisfechos mientras el Gobierno siga abusando de la estabilidad laboral de miles de trabajadoras y trabajadores del Estado que no cuentan con el mínimo reconocimiento y ni con los derechos que les corresponden.
Rebeca Sepúlveda
Dirigenta Nacional Fenpruss y Encargada de Igualdad de Oportunidades