Con fecha 9 de diciembre de 2020 la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Iquique, que había rechazado un recurso de protección interpuesto por una profesional enfermera, socia de Fenpruss, en contra del hospital Dr. Ernesto Torres Galdames de Iquique. El fallo se traduce en un nuevo triunfo para la Confederación, ya que se acoge el recurso y se ordena dejar sin efecto la resolución N°110690, reincorporando a la afectada a sus funciones en el Servicio y proceder al pago de todas las remuneraciones correspondientes en forma retroactiva.
Makarena García, asesora legal de Fenpruss, indicó que se interpuso un recurso ante la Corte de Apelaciones de Iquique “por el actuar arbitrario e ilegal de la autoridad, por haber aplicado el artículo 151 del estatuto administrativo siendo que la trabajadora se encontraba en funciones, le habían asignado otras labores, pero su salud está totalmente recuperada y hay un certificado de recuperabilidad emitido por la Compin que lo avala”. Lamentablemente ese recurso fue rechazado por la Corte de Apelaciones de Iquique, a raíz de lo cual se presentó un nuevo recurso que fue acogido por la Corte Suprema, la que funda su fallo “en que si bien existe el artículo 151 que otorga la facultad al director de Servicio de declarar vacante un cargo, no puede desatender el certificado emitido por la Compin que se pronuncia sobre la recuperabilidad de la salud de la funcionaria y además, no explica por qué su salud es incompatible con el cargo”, complementó la abogada.
Por su parte Ximena Astorga, presidenta de Fenpruss Servicio de Salud Iquique, agradeció la confianza depositada por la profesional en la asesoría sindical que se le podía brindar, y que fue canalizada por la coordinadora Ángela Troncoso. “Ella se acerca a nuestra base presentando su desconcierto porque había sido desvinculada de la institución y solicitó apoyo siendo nuestra coordinadora quien llevó a cabo el trabajo y la asesoró. Como base hicimos acompañamiento con el área jurídica porque para nosotros es muy importante que se reivindiquen los derechos laborales de las y los funcionarios”, manifestó.
La dirigenta calificó esta medida como arbitraria y señaló que hasta el momento no se había dado una situación similar, “pero como Fenpruss Iquique hemos estado en otros procesos que se han debido judicializar, por ejemplo cuando se ha desaforado a funcionarias que han estado haciendo reemplazos, han quedado embarazadas y las han desvinculado y también hemos ganado esos procesos, con el apoyo del directorio nacional y su equipo jurídico”, dijo Ximena Astorga, agregando que para el sindicato es motivo de alegría porque se valida la confianza de las y los profesionales en su gestión ya que, efectivamente, está el respaldo de la ley en el fallo. “Nosotros lo vemos de dos formas; la primera es que logramos que se respetaran los derechos laborales de nuestra funcionaria con lo que declara la Corte Suprema indicando que ella debe volver a sus funciones. Por otro lado, validamos una vez más que estamos apoyados por un directorio nacional que tiene un equipo jurídico potente y que podemos dar asesoría y respaldo ante cualquier situación que signifique un desmedro o que vaya en contra de los derechos de nuestras y nuestros socios”, afirmó.
La presidenta destacó que “si bien es cierto la profesional tuvo una licencia larga, tenía una salud recuperable y compatible con la función que ella desempeñaba en la institución por lo tanto había que abogar por el derecho de protección de las y los trabajadores, para que sepan que cuentan con nuestro apoyo, que estamos para defender sus derechos laborales y para guiarlos en sus procesos”, finalizó.