Preocupación y malestar generó en la Confederación Fenpruss, el fallo del Tribunal Constitucional (TC) que echa por tierra lo que en 2014 había ratificado la Corte Suprema: que las y los trabajadores del Estado tienen la herramienta jurídica de tutela laboral para la defensa de sus derechos fundamentales. Es decir pueden defenderse de despidos arbitrarios, especialmente por razones políticas y en causas de acoso laboral y maltrato.
En dicha sentencia, el Tribunal Constitucional agrega una nueva traba a la defensa de nuestros derechos, recordemos que un fallo favorable a nuestro ex Dirigente Fenpruss, Pablo Bussenius Cornejo, determinó que habían sido vulnerados sus derechos fundamentales por despido arbitrario y estableció que los trabajadores del Estado tienen derecho a recurrir de tutela a los tribunales laborales.
La decisión del TC fue acordada con el voto en contra de los Ministros Peña, García, Hernández Emparanza y Pozo, quienes estuvieron por rechazar la acción de inaplicabilidad, toda vez que, en esencia, estimaron que la acción de tutela laboral es aplicable a las y los funcionarios públicos como las demás normas del Código del Trabajo, sobre terminación de la relación laboral, a falta de otra instancia jurisdiccional (no administrativa) que vele por el respeto de estos derechos, en caso de vulneración.
Este proceso aún no cesa y ahora deberá ser nuevamente la Corte Suprema quien se pronuncie en este caso. Esperamos que esta instancia sea favorable, pues el máximo tribunal se ha caracterizado por ser garante de los derechos laborales, sin discriminar entre quienes trabajan por Código del Trabajo y trabajadores y trabajadoras del Estado. Importante reconocer la labor de absoluta independencia de los Jueces de la Corte Suprema que en estas materias se han caracterizado por reconocer derechos fundamentales, que nuestro país ha suscrito internacionalmente, pero que a través de fallos administrativos y del Tribunal Constitucional se desconocen.
Si bien, este fallo solo se aplica al caso recurrido en específico, lo repudiamos con fuerza como un atentado contra el derecho a la protección judicial, la igualdad y la independencia de los tribunales de justicia. El actuar del Tribunal Constitucional, tomando posiciones políticas y valóricas como una tercera cámara politizada, va minando la legitimidad y la confianza en nuestro sistema democrático.
Lo que la sentencia señala, es que las denuncias por acoso laboral y despidos arbitrarios deberán canalizarse por medio de reclamaciones administrativas o recursos de protección, tal como se hacía antes del fallo de la Corte Suprema. Esto supone entorpecer el acceso a la justicia, derivando la protección de los derechos laborales a tribunales no especializados y sobre demandados en causas de distinta naturaleza.
Pese a que la Contraloría General de la República, ha establecido que si una relación a contrata excede los dos años y se renueva reiteradamente una vez superado ese límite, se transforma en una relación indefinida, conforme al principio de confianza legítima a partir de su Dictamen N°85.700, los gobiernos de turno se dan maña para inventar causales que respalden administrativamente, despidos masivos, en cada cambio de gobierno.
La Confederación Fenpruss ha trabajado extensamente en este tema y elaboró una propuesta con el fin de incluir a las y los trabajadores del Estado como sujetos de derecho en temas de tutela laboral, incluyéndola expresamente en la ley, cuestión que el gobierno anterior (M. Bachelet) consideró innecesario, siguiendo la línea de todos los últimos gobiernos en su política de sumir a los trabajadores del Estado de Chile en la indefensión, lo cual se expresa en contratos precarios (contrata y honorarios), tercerización y negación de derechos fundamentales, como el derecho a huelga.
Ante este panorama, Confederación Fenpruss reafirma su voluntad de seguir en la senda de la defensa de los profesionales, de la dignidad del empleo público y al reconocimiento pleno de los derechos laborales, y buscará todas las vías político sindicales, administrativas, judiciales y legales que se requieran para proteger y defender a las y los profesionales de la salud en todo el país.
CONFEDERACIÓN FENPRUSS